Este mes en el Congreso de los Diputados ha sido aprobado el Real Decreto 15/2018 de 15 de octubre que establece medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, introduciendo cambios en el bono social eléctrico y creando un nuevo bono social térmico o bono social de calefacción, que será pagado como ayuda directa durante este invierno 2019.
Novedades de la nueva normativa
Tras considerarse insuficiente el actual bono de la electricidad, han decidido ampliar los grupos sociales que pueden acceder a esta ayuda como por ejemplo, familias monoparentales y personas en situación de dependencia en grado 3 y 2, además de crearse el bono social térmico o de calefacción.
La cantidad de este pago anual único estará sujeto al límite de disponibilidad presupuestaria fijada en los Presupuestos Generales del Estado.
¿Qué es el Bono Social eléctrico?
Es un descuento en la factura de la luz. Está regulado por el Gobierno y pretende proteger a los hogares considerados más vulnerables.
¿Qué es el Bono Social Térmico?
Es una ayuda creada y financiada por el Gobierno para el combustible de la calefacción como gas natural, gas butano, gasóleo o pellets.
Podrán ser beneficiarios del bono social térmico todos aquellos usuarios que tengan concedido el bono social eléctrico, por lo que es indispensable solicitar el Bono Social eléctrico si quieres beneficiarte del térmico.
¿Quién puede beneficiarse del nuevo Bono Social?
El acceso al Bono Social depende de los miembros que conformen la unidad familiar, del tipo de rente y estar acogido a la facturación regulada (PVPC-Precio Voluntario al Pequeño Consumidor)
Tendrán derecho al bono social térmico, automáticamente, todas las personas con derecho al bono social eléctrico. Son por tanto acumulables y la vía para llegar al térmico es ser reconocido como beneficiario del eléctrico. La ayuda del bono social térmico se devengará a partir del 1 de enero de 2019.
Pese al nuevo plazo para renovar el bono social, no habrá plazo de solicitud para las nuevas situaciones y aquellas personas y familias que no tuvieran reconocido el bono social eléctrico.Podrán pedirlo y darse de alta ante su compañía distribuidora de referencia en cualquier momento una vez entiendan cumplen los requisitos sociales y de renta exigidos.
Disfrutar del bono social térmico (calefacción) pasa por tener reconocido el eléctrico. En este caso será automático, por lo que la puerta de entrada es siempre solicitar el bono social eléctrico, en sus plazos y siguiendo los procedimientos establecidos.
¿Qué requisitos se necesita para solicitar el Bono Social Eléctrico?
Los límites de renta mínima para solicitar el Bono Social son:
Consumidor Vulnerable
Nivel de renta | Unidad familiar |
---|---|
11.279,39 €/año |
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15.039,19 €/año | Un menor en la unidad familiar |
18.798,98 €/año | Dos menores en la unidad familiar |
Consumidor Vulnerable Especial*
Nivel de renta | Unidad familiar |
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15.039,18 €/año |
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18.798,98 €/año | Un menor en la unidad familiar |
22.558,77 €/año | Dos menores en la unidad familiar |
Consumidor Vulnerable Severo
Nivel de renta | Unidad familiar |
---|---|
5.639,695 €/año |
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7.519,595 €/año | Un menor en la unidad familiar |
9.399,49 €/año | Dos menores en la unidad familiar |
Consumidor Vulnerable Severo Especial*
Nivel de renta | Unidad familiar |
---|---|
7.519,59 €/año |
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9.399,49 €/año | Un menor en la unidad familiar |
11.279,385 €/año | Dos menores en la unidad familiar |
*Cuando en la unidad familiar hay algún miembro con discapacidad igual o superior al 33%/víctima de violencia/género o víctima de terrorismo
El nuevo Bono Social prohíbe cortar el suministro eléctrico por impago a hogares beneficiarios en los que vivan menores de 16 años,
Según la reforma que realizó el último gobierno en el año 2017, el descuento es aplicado sobre el consumo mensual básico, que es específico para cada hogar. Cuando este consumo se excede, se deja de aplicar el descuento que ofrece el Bono Social y se aplica el precio normal de la Tarifa PVPC sin descuentos.. Los límites de consumo básico son:
- 100 kilovatios hora (kWh): para familias sin menores a cargo
- 140 kWh: para familias con al menos un menor a cargo
- 170 kWh: para familias con dos menores a cargo
- 300 kWh: para todas las familias numerosas sin exclusión
¿Qué documentación se necesita para solicitar el Bono Social eléctrico?
Para solicitar el Bono Social debe enviar la siguiente documentación a la comercializadora con la que quiera contratarlo, o con la que ya este suscrito:
- Formulario del Bono Social cumplimentado y firmado por todos los miembros de la familia
- Copia del DNI del titular del contrato de luz y del resto de los integrantes de la unidad familiar
- Certificado de empadronamiento de todos los miembros de la familia
- Copia de la tarjeta de familia numerosa (en el caso que sea necesario)
- Certificado de servicios sociales que acrediten la circunstancia especial de la persona (discapacidad, víctima del terrorismo, etc).
- Declaración de la renta de todos los miembros de la unidad familiar, en caso de pertenecer a la Comunidad Autónoma de Navarra o País Vasco.
Las mismas fuentes señalan que en el plazo de seis meses desde la promulgación del decreto se aprobará una Estrategia nacional contra la pobreza energética, tras su pertinente debate con los sectores sociales afectados, que establecerá, con carácter «integral y coherente» todas las medidas y actuaciones para reducir y aliviar la pobreza energética.